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Nuevas disposiciones temporales del Servicio Nacional de Migración de Panamá

De la Resolución No. 5731 del 13 de marzo de 2020


PRIMERO: Extender la vigencia de los permisos de residencia de los extranjeros, que vencen a partir de la fecha, por un período de quince (15) días hábiles. Los trámites que se extienden incluyen carné de permisos en trámite, carné de permisos provisionales, visas de no residentes, carné de Estadía Judicial, carné de regularización migratoria.


SEGUNDO: Se suspende el procedimiento de filiación biométrica y la expedición de carné de residencia, por un período de quince (15) días hábiles. Los extranjeros que hayan sido notificados de la resolución que otorga su permiso de residencia durante este período, deberán portar copia simple de la resolución que otorga su estatus migratorio. En caso de presentación de nuevas solicitudes, deberá portar copia simple de la solicitud con el sello de recibido del Servicio Nacional de Migración.


TERCERO: Para evitar aglomeraciones y con el objetivo de preservar la salud y el Orden Público por un período de quince (15) días hábiles, los trámites de permisos migratorios a partir de la fecha serán gestionados únicamente por abogado idóneo o su pasante debidamente autorizado para tal fin.


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