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Anualidades Sociedades y Fundaciones Panameñas


Sociedades y fundaciones panameñas del primer período (incorporadas desde el 1ro de Enero al 30 de Junio) para evitar multas deben pagar la tasa única anual antes del 30 de junio. El pago de esta tasa fuera del término causará el recargo único de cincuenta balboas (US$50.00) por año o fracción de año, la falta de pago por dos períodos consecutivos o alternos tendrá como efecto, además del recargo, la aplicación de una multa de trescientos dólares (U $300.00) y la anotación de una marginal indicando que se encuentra en estado de morosidad, en el caso de reactivación se tendrá que pagar una multa de mil dólares (US$1,000.00). Consulte el estado de su sociedad y/o fundación panameña, info@ipal.com.pa

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